domingo, 13 de abril de 2014

GLOSARIO FINANCIERO

Debe: En contabilidad por partida doble, columna de la izquierda de una cuenta a la que se llevan las operaciones que comportan la constatación de una deuda nacida a cargo de un tercero, de una entrada de bienes o valores en el patrimonio de la empresa o del agente, o de un cargo soportado por este agente.

Debitar: Instrucciones de imputar una suma para disminuir el saldo disponible de una cuenta en los libros de un banco. Un asiento contable que aumenta un activo o disminuye un pasivo en el balance de un banco.

Deceval (Depósito Central de Valores de Colombia S.A.): Entidad privada encargada de recibir bajo custodia los títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, con el fin de administrarlos mediante un sistema computarizado de alta seguridad, eliminando el riesgo de su manejo físico en lo referente a registros, pagos de intereses, transferencias, etc. El otro depósito central de valores que está autorizado para operar en Colombia es el DCV del Banco de la República.

Déficit: 1. Situación en la que los gastos son mayores que los ingresos. 2. Situación en la que el pasivo es mayor que el activo.

Deflación (Deflation): Disminución generalizada en el nivel de precios. Dicha situación casi siempre ocurre cuando la economía se encuentra en recesión.

Deflactor: Índice que se utiliza para convertir un valor o precio corriente (nominal) a uno constante respecto a un precio de referencia.

Delaer. Intermediario Comisionista: Indica el agente de mercado extrabursátil para cartera propia o, en ciertos países, agente del mercado abierto seleccionado por la autoridad monetaria para operar con ella.

Delito De Información Privilegiada: Acto punible ejecutado por persona que por su profesión dispone de información reservada en los mercados financieros sobre una determinada sociedad cotizada o sobre las perspectivas a corto plazo     de un valor o de mercado  y utiliza esa información reservada en beneficio propio o de terceros antes de que la conozca el publico en general.

Delta: Es un instrumento que permite evaluar en el mercado de opciones la sensibilidad de la variación de los precios al contado del activo subyacente en relación con el precio de la opción.

Demanda (Demand): Es la manifestación de la voluntad de compra de un número de unidades de un título valor a un precio dado en el mercado de valores, expresada por un comisionista, siguiendo órdenes recibidas de algún cliente.

Demanda Bursátil: Interés por adquirir una acción o un título valor específico disponible en un mercado bursátil.

Democratización del Capital: Es el proceso por el cual la propiedad de una empresa cerrada se transfiere, total o parcialmente, a un gran número de personas diferentes de las del grupo controlador de la sociedad.

Departamento Nacional  de Planeación (DNP): Entidad del Gobierno colombiano encargada de presentar políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de desarrollo económico.

Depósito a la Vista: El colocado en institución financiera, pagadero a la vista y transferible en cheque.

Depósito Autorizado: Intermediarios, tales como un banco o institución financiera, autorizados para recibir bonos, cuyo depósito es obligatorio, de acuerdo con los términos de la legislación nacional.

Depósito Central de Valores del Banco de la República (DCV): Es un sistema de depósito computarizado diseñado para el manejo, mediante registros electrónicos, de títulos valores que emita, garantice o administre el Banco de la República y los títulos valores que constituyan inversiones forzosas o sustitutivas de encaje a cargo de sociedades sometidas al control de la Superintendencia Bancaria, distintos de acciones.

Depreciación: Disminución del valor de un bien a causa de su uso y paso del tiempo.

Derecho de Prioridad: Los accionistas comunes reciben el derecho de comprar nuevas emisiones de acciones comunes, o de valores convertibles en acciones comunes, con objeto de conservar su prioridad proporcional.

Derecho de Suscripción (Suscription Rights): Derecho que tiene un inversionista de suscribir nuevas acciones de una sociedad anónima a un precio de suscripción determinado, cuando la empresa realiza aumentos de capital vía emisión de acciones.

Derechos: Derecho de participar en una operación financiera determinada.

Derivados (Derivatives): 1. Término genérico que se aplica a una gran variedad de instrumentos financieros cuyo precio se deriva de un activo subyacente, de una tasa de referencia o de un índice. Por ejemplo: los futuros y las opciones (en el caso de la Bolsa de Bogotá, las OPCF´S). 2. Son contratos referenciados a un activo o a una variable económica para ser liquidado en una fecha futura, y en función de las cuales se manejan los riesgos de un portafolio de inversión son valores cuyo precio depende del valor de una o más variables, haciendo posible aislar o concentrar un riesgo existente y transferido al mercado.

Descubierto: Importe de una deuda o de un gasto que excede las disponibilidades del deudor.

Descuento (Dicount): Diferencia que hay entre el valor comercial de un título y su valor nominal.

Desempleo: Número total de hombres y mujeres en edad de trabajar que no tienen empleo.

Desintermediación (Desintermediation): Fenómeno derivado del desarrollo de los mercados de capitales, caracterizado por las relaciones directas entre los agentes con necesidad de recibir financiación y los prestamistas. En el nivel bancario, la supresión de los intermediarios ha permitido al conjunto de agentes económicos y no a los bancos, endeudarse y prestar del corto al largo plazo. El contacto directo del ahorrador con quien utiliza su ahorro permite el aumento de la flexibilidad en los plazos, la liberación de las negociaciones y de las comisiones de garantía y el desarrollo de nuevas fórmulas.

Desmaterialización de Títulos Valores: "Consiste en el depósito en administración que se hace ante la entidad autorizada, el cual lleva cuentas y registros y entrega sólo ""constancias de depósito"" a sus dueños, siendo estas constancias las que se llevan a la negociación bursátil."

Desregulación (Deregulation): Derogación de las leyes o reglamentos que imponen restricciones o limitaciones a las actividades de las corporaciones y otras entidades legales.

Deuda Privada Externa (Foreign Private Debt): 
Deuda de empresas privadas a entidades internacionales, pueden contratar deuda externa a través de dos modalidades. La primera es el crédito directo que otorga la banca u otras entidades extranjeras a las empresas nacionales. La segunda, la deuda comercial de corto plazo que se adquiere a través del sistema financiero nacional.

Deuda Privada Interna (Internal Private Debt): Deuda contraída por parte de empresas privadas nacionales con entidades nacionales o con el público en general a través del mercado público de valores.

Deuda Pública Externa (Foreign Public Debt): La deuda pública externa comprende todas las deudas con vencimiento superior a un año, reembolsable a acreedores del exterior y pagadero en moneda extranjera, que hayan sido contratadas por el Gobierno Nacional directamente.

Deuda Pública Interna (Internal Public Debt): Deuda que tiene el Estado con personas naturales o jurídicas en el ámbito nacional, la cual ha sido contraída principalmente mediante la emisión de títulos valor en el mercado público de valores.

Devaluación (Devaluation): Disminución del valor de la moneda nacional en función de la moneda de otras naciones. Tiende a rebajar la demanda interna por importaciones y a favorecer las exportaciones de un país.

Día de Liquidación: Día en que se completan las transacciones por cuenta de la Bolsa de Valores.

Dinámica: Conjunto de procesos según los cuales los fenómenos económicos se encadenan unos a otros.

Dinero Interbancario: Día a día.

Dividendo (Dividend): En caso de haber utilidades en una empresa, son la parte de ellas que corresponden al accionista de la misma. En otras palabras, es el valor pagado a los inversionistas como retribución a su inversión, ya sea en efectivo o en acciones.

Dividendo en Acciones: Proporción cancelada en acciones, que corresponde a cada acción en tenencia al distribuir  las utilidades obtenidas.

Dividendo en Efectivo: Participación en efectivo que corresponde a cada acción en tenencia al repartir las ganancias de la empresa.

Dividendo en Especie: Cuota que le corresponde en proporción a cada acción, pagada con un activo diferente al efectivo y/o acciones  de la empresa.

Diversificación del Riesgo: Maniobra que pretende disminuir el riesgo total de un portafolio ya existente o recién creado, a través de la adquisición de diversos títulos valores emitidos por diferentes empresas, los cuales tengan variados comportamientos y riesgos.

Dividendos - Causación: La causación de dividendos tiene lugar, a partir del momento en el cual la asamblea general de accionistas decide decretar y ordenar su correspondiente pago, siendo justamente a partir de dicho instante en que surge la obligación para la sociedad y el derecho de los accionistas, a percibir los dividendos en la forma (dinero o acciones) y fecha que se disponga para el efecto. Desde el punto de vista contable, y para el caso de los dividendos en dinero, corresponde al movimiento contable mediante el cual el emisor traslada la totalidad de los dividendos decretados por la asamblea general, de una suma de una cuenta del patrimonio (reserva o utilidades de periodos anteriores) a una cuenta del pasivo (dividendos por pagar).

Dividendos Exigibles: Son aquellos cuya exigibilidad por parte del accionista puede hacerse efectiva en forma inmediata, ya sea porque la asamblea general no dispuso plazo para su exigibilidad o porque habiéndose dispuesto, éste ha expirado o culminado, resultando entonces, procedente su cobro. La exigibilidad de los dividendos, en nada se afecta, si el titular de los mismos no concurre a su reclamación el día previsto para su correspondiente pago.

Dividendos Fecha de la Carta de Traspaso: Para los efectos previstos en el artículo 418 del Código de Comercio, se tomará como fecha de la carta de traspaso, tratándose de operaciones de contado, la fecha en la cual se haya producido el registro de la operación en bolsa, y tratándose de operaciones a plazo de cumplimiento efectivo, la fecha prevista para el cumplimiento bursátil de la operación.

Dividendos Pendientes: Son aquellos que habiendo sido causados se encuentran sujetos a un plazo suspensivo y por lo tanto no se han hecho exigibles.

Dividendos - Titularidad: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 418 del Código de Comercio, los dividendos pendientes pertenecen al adquirente de las acciones desde la fecha de la carta de traspaso, salvo que las partes en ejercicio de su autonomía privada dispongan lo contrario, es decir, que el enajenante se reserva la titularidad de los mismos.

Divisa: Término que engloba la moneda de curso legal de terceros países, medios de pago y activos financieros denominados en moneda extranjera, e ingresos de monedas extranjeras originados por transacciones con el exterior.

División de Acciones: Es el fraccionamiento de las acciones que resulta de una disminución en su valor nominal y es proporcional al mismo. Split.

Documento Financiero: Instrumento expedido en representación de un crédito aceptado por un banco a favor de su cliente.

Dow Jones Industrial Average: Índice utilizado para medir el comportamiento de la Bolsa de Valores de Nueva York, compuesto por 30 empresas industriales, la mayoría de las cuales tienen operaciones globales.

DTF (Tasa de Interés): Tasa Promedio Ponderada de las nuevas captaciones que hacen las Corporaciones Financieras, Compañías de Financiamiento Comercial y los Bancos, en Certificados de Depósito a Término, que normalmente se publica bajo la modalidad de efectivo anual y/o trimestre anticipado. Su cálculo es semanal y refleja la tasa de interés de las dos semanas anteriores.

Dumping: Práctica desleal del comercio entre países, que consiste en vender un producto en el exterior por debajo de su valor normal en el país de origen, o incluso por debajo de su costo de producción.

Duración (Duration): Medida de la sensibilidad de los bonos y otros títulos de renta fija ante la variación de los tipos de interés. Representa el porcentaje de variación que se produce en el precio de mercado de un bono o un título por cada punto básico de variación en los tipos de interés.

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